Dr. Jesús Alonso Balcázar Uriza
Con fundamento en la ley del ISSSTE que entró en vigencia el 01 de abril de 2007 y de acuerdo a lo que señala el artículo DECIMO TRANSITORIO, los empleados sujetos a este régimen de pensiones, deberán considerar la edad mínima de jubilación para tener derecho a lo expuesto en pensión por jubilación decretado el 01 de enero de 2010 donde se expone la progresión en edad para recibir este beneficio donde se habrá de trabajar más tiempo, de tal forma que aquel trabajador que hasta el momento cumpla los 30 años de servicio en caso del hombre y 28 en caso de la mujer, deberán trabajar aproximadamente 5 años más y así se irá aumentando hasta mínimamente llegar a los 60 años de edad.
Por si algunas personas no tienen los 15 años de servicio y cuentan con una edad mayor a 60 años no podrán solicitar la pensión de retiro por edad y tiempo de servicios, ya que con 15 años de servicio se dará el 50%, lo cual no termina aquí, la iniciativa en reforma del art. 75 en la ley del ISSSTE plantea que tienen derecho a la jubilación los trabajadores con 35 años o mas de servicio e igual tiempo de contribución al instituto en los términos de la ley, cualquiera que sea su edad.
Mientras tanto, en el art. 76 de la misma ley se plantea que tienen derecho a pensión por vejez los trabajadores que habiendo cumplido 65 años de edad, tuviesen 20 años de servicio como mínimo e igual tiempo de contribución al instituto.
Como ha podido apreciarse se aumenta la edad para acceder a la pensión por vejez en 10 años y 5 años en servicio.
Lo anterior es un ejemplo de que la integridad de vida y los beneficios que todo trabajador mexicano podía gozar una vez cumplida su función, se han desintegrado y han provocado que por una desorganización o corrupción en el presupuesto captado por las mismas retenciones del trabajador sean catastróficas, ahora un profesor con edad avanzada deberá continuar dando clases aunque su voz se lo impida, su cansancio físico y sus distintos conflictos emocionales expuestos de los alumnos actuales con características e inquietudes superiores por el tiempo de libertad de expresión y derechos en que se han sumergido sin claridad y sustento para buenos ciudadanos.
Una pregunta necesaria para la actualidad y digna de reflexionarse es ¿Cómo puede plantearse una educación de calidad con profesores mayores a 60 años? Y es sólo una de tantas interrogantes en que se difiere, mostrando incongruencia y por ende resultados deficientes.