- Durante la sesión se le dio primera lectura a dos iniciativas y cinco dictámenes.
Con la incorporación del diputado José Antonio Gutiérrez Obeso (PRI) y a propuesta de la Junta de Coordinación Política, el Pleno de la LXII Legislatura reestructuró cuatro Comisiones Permanentes, mismas que quedaron de la siguiente manera:
COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS
PRESIDENTE JOSÉ SANTOS AISPURO CALDERÓN
SECRETARIO GENE RENÉ BOJÓRQUEZ RUIZ
VOCAL EFRÉN LERMA HERRERA
VOCAL ANA CECILIA MORENO ROMERO
VOCAL JOSÉ ANTONIO GUTIÉRREZ OBESO
DE LA JUVENTUD Y EL DEPORTE
PRESIDENTE JESÚS BALTAZAR RENDÓN SÁNCHEZ
SECRETARIO TOMÁS ROBERTO AMADOR CARRASCO
VOCAL TANIA MARGARITA MORGAN NAVARRETE
VOCAL JOSÉ ANTONIO GUTIÉRREZ OBESO
VOCAL JOSÉ SANTOS AISPURO CALDERÓN
PESCA
PRESIDENTA FRANCISCA HENRÍQUEZ AYÓN
SECRETARIA ANA CECILIA MORENO ROMERO
VOCAL JOSÉ ANTONIO GUTIÉRREZ OBESO
VOCAL IRMA LETICIA TIRADO SANDOVAL
VOCAL JOSÉ SALOMÓN AVITIA
SEGURIDAD PÚBLICA
PRESIDENTA ELSY LÓPEZ MONTOYA
SECRETARIO FELÍCITAS PARRA ELIZALDE
VOCAL MARIBEL CHOLLET MORÁN
VOCAL ZENÉN XÓCHIHUA ENCISO
VOCAL JOSÉ ANTONIO GUTIÉRREZ OBESO
Por otra parte, se le dio primera lectura a la iniciativa por el grupo parlamentario del PAN, en la que propone reformar la fracción I del artículo 4° BIS A, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, con el objetivo de «fortalecer el derecho humano a la vida y de garantizar a todos los seres humanos igual protección del derecho a la vida, haciendo explícito que esté derecho fundamental, presupuesto de todos los demás, debe ser reconocido y respetado por todos los miembros de la sociedad de forma incondicional, y que debe recibir igual protección por parte del Estado durante todo el ciclo de vida del ser humano, independientemente de la etapa de desarrollo en la que se encuentre», » para brindar mayor protección a los seres humanos concebidos y no nacidos».
Enseguida, se le dio primera lectura a la iniciativa presentada por la diputada Tania Morgan Navarrete (PRI), en la que propone reformar y derogar diversas disposiciones del Código Familiar del Estado de Sinaloa, en su artículo 283, para que se prohíba la maternidad subrogada o de sustitución. En consecuencia, será nulo de pleno derecho el contrato en el que se establezca obligación, con o sin precio, a cargo de una mujer de gestar uno o más niños para entregarlos, después de nacidos, a la contra parte o un tercero.
Más adelante, se conoció el dictamen correspondiente a la modificación de diversas disposiciones de la Ley de Instituto Sinaloense de las Mujeres, con lo cual se pretende coadyuvar a consolidar la institución como un ente con presencia, principios y atribuciones que le posibiliten desarrollar políticas públicas dirigidas a erradicar las condiciones sociales, políticas, económicas, culturales y jurídicas que impiden el pleno goce y desarrollo de los derechos de las mujeres.
Otro dictamen al que se le dio lectura, fue el presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, para que se reforme la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa, con la finalidad de crear la Consejería Jurídica como el órgano encargado de representar legalmente al Poder Ejecutivo del Estado, de quién dependerá directamente, será nombrado y removido libremente por éste, quien para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará por los Directores Generales, Jefes de Departamento y por los demás funcionarios que establezca el Reglamento Interior respectivo y otras disposiciones legales.
Asimismo, los diputados conocieron dos dictámenes para reformar la Ley de Salud del Estado de Sinaloa, en el primero de los casos se considera viable adicionar una fracción XI al artículo 17, con el propósito de que el Sistema Estatal de Salud tenga entre sus objetivos el de promover la creación de programas para la atención integral de las víctimas y victimarios de acoso y violencia escolar, en coordinación con las autoridades educativas y acorde a las demás disposiciones legales aplicables.
Mientras que el segundo pretende la homologación con la Ley General de Salud, con la finalidad de establecer un capítulo relativo a la vacunación, para incluir las vacunas para efectos de derecho a la protección de salud, considerándolo como servicio básico de salud; asimismo, precisar que la vacunación contra enfermedades transmisibles, prevenibles mediante inmunización, que estime necesaria la Secretaría de Salud, será de carácter obligatorio.
El último de los dictámenes al que se le dio lectura, es el que presentó la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, para que se reforme la fracción III del artículo 38 de la Ley de Gobierno Municipal, a efecto de establecer la obligación del Presidente Municipal de que rinda en la primera sesión ordinaria del mes de octubre, un informe por escrito ante el Cabildo sobre la situación que guarda la administración municipal, del cual se enviará copia al Ejecutivo y al Congreso del Estado para su conocimiento, lo cual permitirá eficientar el cumplimiento de las atribuciones que le fueron otorgadas.
Finalmente, se citó a Sesión Solemne para el 04 de Septiembre, a la hora de Reglamento, y en la que se develará el nombre en letras doradas del Doctor Jesús Kumate Rodríguez, en el Muro de Honor del Salón de Sesiones.