Comunicado
El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por mayoría reformas a diversos artículos transitorios del Decreto número 86, mediante el cual se modificaron disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sinaloa en materia de elección de cargos del Poder Judicial.
Con la reforma, la renovación de la totalidad de los cargos de elección del Poder Judicial del Estado se realizará en la elección estatal de 2028, en lugar de 2027, como estaba establecido anteriormente.
El artículo transitorio segundo fue modificado para establecer el nuevo año de la elección. También se reformó el artículo cuarto, que determina que el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial iniciarán sus funciones cuando rindan protesta las magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial que resulten electos en el proceso electoral de 2028.
En esa misma fecha quedará extinto el Consejo de la Judicatura del Estado.
Asimismo, el artículo quinto transitorio fue reformado para establecer que, por única ocasión y con el propósito de garantizar el escalonamiento en el Tribunal de Disciplina Judicial, en la elección de 2028 se elegirá una magistratura por dos años, otra por cinco años y una más por ocho años.
Con ello se modifican los periodos establecidos inicialmente, que contemplaban tres, seis y nueve años.
El artículo sexto transitorio también fue ajustado para establecer que las Salas de Circuito continuarán sus funciones hasta el día en que rindan protesta las magistradas y magistrados del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado que resulten electos en el proceso electoral de 2028.
De igual manera, el artículo séptimo transitorio establece que el Congreso del Estado deberá realizar las adecuaciones correspondientes a las leyes estatales con la debida anticipación para el proceso electoral de 2028.
En este mismo artículo se trasladó a 2028 la disposición relacionada con las magistradas y magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado que concluyan su encargo por no postularse o no resultar electos.
El texto establece: “Las Magistradas y Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado que concluyan su encargo por no postularse o no haber sido electos en la elección del año 2028, serán beneficiarias de un haber de retiro proporcional al tiempo de su desempeño, siempre y cuando no tengan derecho al retiro voluntario”.
Durante la votación se registraron 30 votos a favor, seis en contra y cero abstenciones.
Al obtenerse la mayoría calificada, el presidente de la Mesa Directiva, Juan Diego Aranzubia Iturrios, instruyó expedir el decreto correspondiente y remitir el expediente a los 20 Ayuntamientos de Sinaloa.
Los ayuntamientos deberán emitir el voto que en Derecho corresponda dentro de un plazo de 15 días.
