REDES SOCIALES PROVOCAN HOSTIGAMIENTO Y ACOSO SEXUAL: DIP KARINA MILLÁN

* Omiso el Código Penal para el Estado en ese tema; presenta iniciativa para subsanar igualmente la diferencia entre los tipos penales de acoso y hostigamiento

El uso de las redes sociales en el internet ha provocado que a nivel nacional se incremente una modalidad de violencia en contra de las mujeres, el hostigamiento y acoso sexual que luego deriva en acciones peores como la violación, porque una foto o video puede exponer la integridad y dignidad de las personas.

Al definir claramente el problema, la diputada Emma Karina Millán Bueno explicó en tribuna que presentó formalmente una iniciativa que tiene por objeto establecer una diferenciación entre los tipos penales de acoso y hostigamiento sexual, a la luz de lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Pretende con ello, dijo, subsanar la omisión vigente en el Código Penal para el Estado, consistente en que solamente se regula el acoso sexual y que su descripción típica contiene los elementos que contemporáneamente en otros ordenamientos jurídicos se contemplan para el hostigamiento sexual.

Las redes sociales si bien son instrumentos que fomentan el desarrollo de las sociedades, también han sido utilizadas para cometer actos que dañan la imagen de las personas. Hoy en día, con un simple celular se pueden grabar, reproducir, fijar, almacenar, enviar y transmitir imágenes, textos, sonidos o la voz de personas atentando la integridad y dignidad que han registrado incluso casos como los denominados “sexting”.

Y junto con ello, se ha generado un aumento en los casos de hostigamiento y acoso sexual, lo que hace necesario brindar atención a víctimas, desde una perspectiva de género y con base en los instrumentos internacionales y nacionales en materia de derechos humanos

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