CONGRESO DE SINALOA APRUEBA REFORMAS PARA GARANTIZAR ATENCIÓN A LA SALUD MENSTRUAL DE ALUMNAS

Comunicado

El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad reformas a las leyes de Educación y de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para fortalecer la educación menstrual y garantizar medidas de atención a la salud e higiene menstrual en los planteles educativos, entre ellas el acceso gratuito a productos sanitarios y la justificación de inasistencias por dismenorrea incapacitante.

Las modificaciones, retomadas de seis iniciativas coincidentes, incorporan disposiciones para reducir las desigualdades que enfrentan niñas, adolescentes y personas menstruantes durante su proceso educativo.

En la Ley de Educación se modificaron diversos artículos para incluir la salud e higiene menstrual en los planes y programas de estudio, así como en las actividades informativas dirigidas a las familias. También se estableció como obligación de las autoridades educativas fomentar el conocimiento y cuidado de la salud menstrual entre el alumnado.

Entre los nuevos derechos reconocidos a estudiantes se encuentra solicitar la justificación de inasistencias derivadas de un diagnóstico de dismenorrea incapacitante y síntomas asociados con la menstruación, sin que ello afecte su desempeño académico ni genere sanciones disciplinarias. Cuando las ausencias coincidan con evaluaciones, podrán solicitar su reprogramación conforme a los lineamientos de cada institución.

Las reformas también contemplan el derecho a recibir productos para la gestión menstrual, como toallas sanitarias desechables y de tela, tampones, copas menstruales y otros artículos destinados a ese propósito.

Mediante la incorporación del artículo 116 Bis, se reconoce la gestión menstrual como parte de los derechos sexuales y reproductivos y se establece que las autoridades educativas, en coordinación con las instancias competentes, deberán implementar medidas para garantizar condiciones equitativas en las escuelas.

Estas acciones incluyen la distribución gratuita de productos de higiene menstrual y la adecuación de espacios sanitarios, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, con prioridad para niñas y adolescentes de zonas de alta marginación.

Asimismo, se incorporan atribuciones para que las autoridades educativas organicen talleres y pláticas sobre educación menstrual, salud e higiene, cambios corporales y emocionales, con perspectiva de género y respeto a los derechos humanos, a fin de normalizar la menstruación y prevenir la discriminación.

Las modificaciones también establecen el desarrollo gradual de programas para facilitar productos de gestión menstrual en escuelas públicas de educación básica y media superior, mediante la coordinación entre dependencias gubernamentales y conforme a la suficiencia presupuestaria.

En cuanto a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el dictamen reforma el artículo 45, relacionado con el derecho de la niñez a recibir servicios de atención médica integral y gratuita. En particular, modifica la fracción XI para ampliar la asesoría en salud sexual y reproductiva e incorporar la educación menstrual.

Con estas reformas, el Congreso estatal incorpora disposiciones para atender las necesidades de salud menstrual de las estudiantes y favorecer su permanencia, bienestar y desarrollo en condiciones de igualdad dentro del sistema educativo.

Comentarios

Comentarios